La trazabilidad de los organismos genéticamente modificados se garantiza mediante una serie de medidas reguladoras y de seguimiento. Estas medidas incluyen:
- Registro y notificación: Todos los organismos genéticamente modificados deben ser registrados y notificados a las autoridades reguladoras antes de su liberación al medio ambiente.
- Etiquetado: Los productos derivados de organismos genéticamente modificados deben ser etiquetados de manera que sea fácilmente identificable su origen.
- Seguimiento: Las autoridades reguladoras deben llevar un registro de todos los organismos genéticamente modificados y sus productos derivados, y deben monitorear su liberación al medio ambiente y su impacto.
- Responsabilidad: Las empresas y organizaciones que producen y utilizan organismos genéticamente modificados deben ser responsables de cualquier daño causado por estos organismos.
- Investigación: Se deben realizar investigaciones para evaluar los riesgos potenciales de los organismos genéticamente modificados antes de su liberación al medio ambiente.